dimecres, de juny 16, 2010

LA EUROPA DE LOS CIUDADANOS: MÁS GARANTÍAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS



La entrada en vigor del Tratado de Lisboa supone cambios de calado en el entramado institucional de la Unió Europea que habrá que ir desarrollando en los próximos años y que suponen un avance importante en el acercamiento de dichas instituciones a la ciudadanía europea.

La presidencia española de la UE quiso poner énfasis en algunos de estos aspectos (más allá de compartir por primera vez esta presidencia de turno con la figura de un Presidente de la Unión el Sr. Van Rompuy y una Alta representante de la Unión para asuntos exteriores y política de seguridad, la Sra. Ashton).

Precisamente uno de estos objetivos perseguidos por nuestra presidencia en relación a los aspectos institucionales era la adhesión de la UE al Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH). Estos 6 meses hemos avanzado significativamente en las negociaciones entre la propia UE y el Consejo de Europa, formado por 47 Estados miembros. Este proceso tendrá que culminarse en los próximos meses.

Desde el Parlamento y concretamente desde la Comisión Mixta para la UE hemos querido apoyar y poner de manifiesto la importancia de este paso, por lo que todos los grupos parlamentarios hemos suscrito una proposición no de ley.

La importancia política de este paso es indiscutible: la UE no es solo una unión económica o de intereses, sino que también es una unión de valores compartidos, como son los derechos humanos. En este sentido el nuevo Tratado avanza en paralelo con dos iniciativas recogidas en su articulado:

1º. El reconocimiento de la carta de derechos fundamentales como derecho primario europeo.

2º. La previsión de la adhesión de la UE al Convenio de derechos humanos reconociendo previamente personalidad jurídica a la Unión.

Nos centramos ahora en este segundo elemento. Me gustaría simplemente destacar los principales argumentos a favor de esta adhesión, así como sus principales consecuencias:

Supone un avance en el proceso de integración europea e implica un paso importante hacia la Unión política.
La UE será la parte contratante número 48 del Convenio, aunque no sea formalmente un miembro más del Consejo de Europa.
Da un mensaje de coherencia entre la Unión y los países pertenecientes al Consejo de Europa, otorgándole mayor credibilidad frente a países terceros, a los que constantemente les pedimos que respeten el CEDH.
Reconoce un nuevo recurso para los ciudadanos contra la UE si valoran vulneración de DDHH. Así, se reconoce para los ciudadanos europeos una protección frente a actos de la UE análoga a la protección que ya tienen frente a los actos de todos los EEMM.
Va a suponer el desarrollo de una cultura común en la UE en el ámbito de los derechos fundamentales, cosa que, como ya he apuntado, dará una imagen de coherencia y credibilidad frente a terceros países que la UE necesita más que nunca.
En sexto lugar, y más concretamente, se producirá el desarrollo armonioso de la legislación y la jurisprudencia en materia de derechos humanos entre los ordenamientos jurídicos. Sin duda el diálogo y una buena cooperación entre los tribunales será fundamental para garantizar esta sintonía.
Supone un control judicial adicional y externo de todas las actividades de la Unión en lo que hace referencia a la protección de los DDHH de los ciudadanos europeos.

Sabemos que esta adhesión no está exenta de complejidades técnicas que deben resolverse bien, para que no generen confusión, y por el contrario, que redunden en beneficio de los ciudadanos. Algunas de estas dificultades técnicas fueron apuntadas de manera pormenorizada por don Luis Romero, de la Comisión europea y Don Luis López Guerra, juez en el tribunal Europeo de Derechos Humanos y catedrático de derecho constitucional en las comparecencias realizadas en la propia Comisión Mixta para la UE. Podemos destacar algunas de estas cuestiones, por ejemplo: qué protocolos del CEDH va a ratificar la UE, dilucidar bien las competencias del TJUE y el TEDH, si procede la elección de un juez de la Unión (que parece claro que sí), designar miembros por parte del Parlamento europeo a la asamblea del Consejo de Europa cuando ésta tenga que votar entre los tres candidatos presentados a juez, el derecho a participar en el Comité de Ministros del Consejo de Europa a través de la Comisión europea, y un largo etc.

Pero al margen de los temas concretos que deberemos resolver sabemos también que lo más importante para que algo se haga es tener la voluntad política de hacerlo. El del gobierno de España con el apoyo de todos los grupos de las cámaras del Congreso y del Senado muestran esta voluntad política.